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Desgravación fiscal por I+D+i. Ahorra en tu impuesto de sociedades desde un 15% de tu inversión en Navarra

Este incentivo reduce el importe “a pagar” del impuesto de sociedades en Navarra. Es similar al incentivo que hay en el resto de España, con la excepción de las provincias forales de Euskadi, pero tiene peculiaridades que desgranamos en este artículo

El resumen podría ser que hacer I+D+i tiene premio en Navarra. Es quizá una de las claves del éxito de la inversión en I+D de Navarra, bastante más elevada que en otras regiones españolas

¿Cómo funciona la desgravación fiscal por I+D+i en Navarra?

Aquellos interesados en aplicarse el incentivo deben resumir en una memoria en qué consiste su proyecto de I+D+i y presentarlo a Gobierno de Navarra (Dpto. Innovación) para su calificación.  La empresa define su proyecto a su gusto, horizonte temporal, presupuesto, temática. Y completa una memoria técnica, de suficiente calidad, para que sea calificada positivamente.

Recibida la calificación, el proyecto puede catalogarse como:

  • Investigación y Desarrollo (I+D): si la complejidad técnica y el avance en conocimiento es suficiente a juicio del evaluador.
  • Innovación Tecnológica (IT): si se trata de un proyecto que propone mejoras en productos y/o procesos.
  • Nada: nadie lo cuenta, pero podría ser. Es clave presentar una memoria de calidad que sea capaz de defender el proyecto de manera adecuada.

Para saber qué es I+D o IT tenemos la Ley Foral 26/2016 que lo define en su artículo 61. Recibida la calificación del departamento de innovación de Gobierno de Navarra, ésta es vinculante para la Hacienda Foral. En otras palabras, Hacienda no va a cuestionar si el proyecto es I+D o IT. Sí se exige una justificación del gasto realizado en el proyecto, de manera que se evite presentar proyectos a calificación de importes muy elevados, que luego no se ejecuten o se hagan parcialmente.

Características del incentivo

Importante. Esto no es una subvención de proyectos de I+D, es un incentivo. Un ahorro considerable si inviertes en I+D+i. Como características principales:
  • Funciona con convocatoria abierta, permitiendo la apertura de un expediente en cualquier momento. Es un incentivo muy flexible.
  • Elude la concurrencia competitiva de las convocatorias de ayudas y se centra en una evaluación tecnológica individual llevada a cabo por los técnicos de Gobierno de Navarra. No hay cuotas de proyectos a aprobar.
  • Aplicación retroactiva a los dos ejercicios fiscales anteriores respecto al que está en curso. Ergo, si no has convertido en “proyecto calificado” aquello que has ido haciendo desde hace un par de años, estás a tiempo.
  • Innovar tiene premio. No hace falta hacer grandes desarrollos tecnológicos para acceder a este incentivo, porque la innovación tecnológica también desgrava.
  • Recoge los gastos en tiempo real, sin necesidad de tener que adaptarse a los hitos y plazos de convocatorias cerrada.

Leyes que regulan el incentivo

¿De cuánto dinero estamos hablando?

Vamos a los números. Depende fundamentalmente de la calificación que reciba el proyecto.

  • I+D. 40% del presupuesto del proyecto. Se le añade un 10% a los gastos de personal que estén en exclusiva en I+D y aquellos gastos relativos a colaboraciones con Universidades y Centros de Investigación. Resumen entre un 40% y un 50% del gasto realizado
  • 15% del presupuesto del proyecto. Sin añadidos.

Importante. Si se reciben subvenciones para este proyecto hay que deducirlas de la base del cálculo. Vamos, que no te puedes deducir la parte subvencionada.

Importante. Si se reciben subvenciones para este proyecto hay que deducirlas de la base del cálculo. Vamos, que no te puedes deducir la parte subvencionada.

Los gastos “elegibles” para el incentivo son personal, materiales, amortizaciones de equipos del proyecto o subcontrataciones a otras entidades que hagan I+D.

Y otra cosa muy interesante. Desde que generas el derecho de desgravación tienes 15 años para utilizarlo. Si este año no nos sale “a pagar” porque estamos en un mal momento, no nos aplicamos la desgravación y nos la guardamos para cuando los números salgan mejor. Incluso se puede “vender” el derecho generado a un inversor externo, o capitalizarlo hasta 100.000€ en el caso de las PYMES. Pero esto será otra nueva entrada que trataremos en el futuro.

Poniendo un ejemplo

Proyecto de una empresa industrial en el que se invierten 250.000€ en personal (nóminas y seg. Social). Se hacen pruebas con máquinas de la planta de producción cuya amortización, referida al proyecto, alcanza 25.000€ durante el año de duración del proyecto y además se hace un gasto en materiales de 25.000€.

El total del proyecto, 300.000€, se califica como Innovación Tecnológica. No se reciben subvenciones para este proyecto. Esto implicaría un ahorro de 45.000€ en el siguiente impuesto de sociedades.

Si el proyecto fuera catalogado de I+D estaríamos hablando de un ahorro de 120.000€. La diferencia es significativa.

A modo de resumen. Una imagen vale más que mil palabras.

Tabla con el resumen de funcionamiento de la Desgravación Fiscal en Navarra por I+D+i